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Modernización e integración del Derecho Contractual Latinoamericano

Un análisis del método

Destacar el valor de las soluciones jurídicas de la doctrina y la jurisprudencia a la hora de la formación no sólo de una consciencia jurídica común, sino de una actualización y modernización del Derecho del ámbito contractual latinoamericano, es uno de los objetivos de esta obra. El autor realiza un análisis de las situaciones conflictivas más relevantes, con el fin de propugnar el desarrollo de una línea de pensamiento jurídico que tenga como base el ejercicio de adaptación, y a veces reconceptualización de las pautas de derecho extranjero.
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    • Doctor en Derecho (Con Summa Cum Laude), Universidad de Salamanca (España). Magíster en Derecho Privado Patrimonial, Universidad de Salamanca (España). Egresado y Bachiller en Derecho, Universidad Nacional del Altiplano (Perú), Licenciado en Derecho, Universidad de Sevilla (España), título homologado de la Universidad Andina NCV (Perú). Realizó estudios de Filosofía en la Universidad de Salamanca y es ex becario e investigador vinculado al , Hamburgo (Alemania). Fue profesor de la Universidad de Chiclayo y la Universidad Andina NCV en Perú. Actualmente es profesor de Derecho Privado Patrimonial de la Universidad del Norte, Barranquilla (Colombia) y líder de la Línea de Asuntos Civiles y Comerciales del Grupo de Investigación en Derecho y Ciencia Política, Categoría A1 Colciencias, de esa misma institución. 

Contenido

Prólogo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .xiii

María de Jesús Moro Almaraz

Presentación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . xvii

Juan Pablo Pampillo Baliño

Introducción . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . xxiii


Primera parte

Integración jurídica, problemática y estado de la cuestión

Capítulo 1

Análisis y valoración de los riesgos que enfrenta la integración jurídica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .3

Capítulo 2

El problema del método de integración. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5

I. La idea de retorno al viejo modelo del iuscommune europeo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .5

II. El marco común de referencia y el valor de las directivas europeas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9


Segunda parte


Integración y método en Derecho Latinoamericano

Capítulo 3

El método de integración flexible y amistosa del derecho: un breve ensayo teórico y empírico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15

I. Planteamiento de la cuestión . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15

II. La estructura de derecho como unidad jurídica. . . . . . . . . . . . . . . . . . .16

A. La doble premisa de partida, 16

B. La lógica de un triple piso jurídico, 16

III. Selección y valoración de la información que se debe integrar . . . . . . . . 18

IV. Unidad o diversidad: soporte dogmático. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .20

A. Dinámica de la diversidad jurídica, 21

B. El ius commune no vulnera la diversidad, 22

V. En particular: el legal transplant de Watson y las condiciones iniciales de Prigogine en la estabilidad de una ED. . . . . . . . 24

A. Prueba de nuestra teoría: la transformación cualitativa de la permuta financiera, 27

B. Argumentos decisivos, 29

VI. Síntesis y prognosis: hacia la idea de integración jurídica . . . . . . . . . . . .30

Capítulo 4

Breve excursus: los legal transplants en derecho latinoamericano . . . . . 35

I. El trasplante de los legal transplant en la teoría impura del derecho. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .35

II. Un puñado de crítica selecta. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .37

III. Defensa y resistencia de López Medina. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .42

IV. Giro desde el sujeto al objeto e integración. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .46


Tercera parte


Objeciones y materiales en la integración jurídica

Capítulo 5

Impugnaciones que se deben tener en cuenta en la integración del derecho contractual latinoamericano . . . . . . . . . . . 55

I. La trascendencia del ius commune indiano . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .55

A. Objeciones a su existencia, 56

B. Panorámica de los cimientos de una integración jurídica moderna, 61

II. Copy paste jurídico o inautenticidad de modernización del derecho en América Latina . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67

A. Europa, la moderna, 67

B. América Latina, tradición y proceso, 68

III. Contra la idea de unidad: la nociva disparidad legislativa. . . . . . . . . . . . . .71

A. Mitigar la disparidad que frena la velocidad del mercado, 71

B. Unir los hilos de la diferencia, 74

IV. Una respuesta previsible: la solución del mercado. . . . . . . . . . . . . . . . . . .78

A. Ejemplo de neutralidad normativa, 79

B. Contra la trayectoria de la unidad, 80

Capítulo 6

Materiales de la integración jurídica latinoamericana: arquitectura de un derecho contractual común . . . . . . . . . . . . . 83

I. Sistema jurídico romano: un punto de partida del derecho histórico, 83

A. Seleccionar lo necesario, 84

B. Re-incubar el derecho, 87

C. Roma y el valor del derecho moderno, 90

II. Aporte científico de los grupos de estudio latinoamericanos y europeos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 92

A. Ruptura y re-creación del derecho, 92

B. Nuestros grupos de estudio, 97

III. Breve ensayo de armonización de legislaciones latinoamericanas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 105

A. Régimen común del derecho de desistimiento. . . . . . . . . . . . . . . . 106

1. En derecho argentino, 109

2. En derecho boliviano, 110

3. En derecho brasilero, 112

4. En derecho chileno, 114

5. En derecho colombiano, 117

6. En derecho ecuatoriano, 120

7. En derecho peruano, 121

8. En derecho uruguayo, 123

9. En derecho venezolano, 124

B. Síntesis y prognosis. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 125

IV. Otras dos claves de integración: la ciencia jurídica y la jurisprudencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 128

A. Integración a velocidad mínima, 128

B. Integración en manos de los juristas, 130

Conclusiones. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 133

Bibliografía. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .135

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